En las últimas semanas, se ha procedido a la actualización de documentación básica para la detección y control de la COVID en la sociedad, también en el puesto de trabajo. De esta manera, el Ministerio de Sanidad, junto al Instituto de Salud Carlos III, ha publicado el documento modificado “Estrategia de Detección Precoz, Vigilancia y Control de COVID-19”.
En él, se plantean diferentes fases en la detección de COVID. Desde los primeros indicios, hasta la realización de las pruebas, su análisis y la búsqueda de potenciales contactos a través del radar-COVID. También se plantean diferentes escenarios, incluyendo el laboral, para la consecución de los objetivos de reducción del número de contagios entre la población española.
La publicación, según el propio ministerio, se rige por los siguientes objetivos:
La detección precoz de los casos con infección activa por SARS-CoV-2.
El establecimiento precoz de las medidas de control necesarias para evitar nuevas infecciones.
La disponibilidad de la información necesaria para la vigilancia epidemiológica, con un nivel de desagregación y detalle adecuado.
Esta herramienta, que define incluso qué es un contagio, es fundamental para la Prevención de Riesgos Laborales en ambientes como el de la Construcción.
Por su parte, la Confederación Española de Organizaciones Empresariales, CEOE, ha publicado un resumen ejecutivo que, mediante fichas informativas, establece la “Estrategia de Detección Precoz, Vigilancia y Control de COVID-19”. Una herramienta útil, dado que se resumen esquemáticamente las principales acciones que llevar a cabo ante casos sospechosos y confirmados, especialmente en el puesto de trabajo.
De esta manera, el documento se divide en los siguientes apartados:
Casos confirmados y sospechosos.
Contactos estrechos.
Estrategias diagnósticas frente a COVID-19.
Ambos disponibles online, constituyen documentación de apoyo para aquellos Ingenieros Civiles que desarrollan labores de gestión de equipos en el desempeño de la profesión de Ingeniería Técnica de Obras Públicas.
Acceso al documento del Ministerio de Sanidad, aquí.
NOTA: Todos estos textos pueden sufrir modificaciones de manera prácticamente continuada. Por ello, siempre se recomienda acudir a la fuente oficial para conocer los últimos avances en la detección y control del virus.
La Dirección del Organismo Estatal de Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS), dependiente del Ministerio de Trabajo y Economía Social, ha hecho público el Criterio Técnico 103/2020 sobre actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social “relativas a la habilitación contenido en el Real Decreto-Ley 21/2020, de 9 de junio, en relación con las medidas de prevención e higiene para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en los centros de trabajo”.
De esta manera, en un documento de 27 páginas, se incorporan nuevas medidas tras la finalización del estado de alarma y hasta el cese de crisis sanitaria. Así, se establecen tanto las nuevas responsabilidades de los responsables del cuerpo de inspectores, de cara a asegurar la higiene de los espacios de la Administración, como nuevas habilitaciones de los trabajadores dependientes de este organismo para el establecimiento de infracciones relacionadas con la COVID-19:
“Se habilita a los funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social integrantes del Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, y del Cuerpo de Subinspectores Laborales, escala de Seguridad y Salud Laboral para vigilar y requerir, y en su caso, extender actas de infracción, en relación con el cumplimiento por parte del empleador de las medidas de salud pública establecidas en los párrafos a), b), c) del artículo 7.1, y en el párrafo d) del mismo, cuando afecten a las personas trabajadoras”.
El texto, cuyo link directo se encuentra al final de esta noticia, estipula además: “Dicha habilitación se extiende a los funcionarios habilitados por las Comunidades Autónomas para realizar funciones técnicas comprobatorias, a los que se refiere el artículo 9.2 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con las facultades que tienen atribuidas”.
El contenido de dicha habilitación, si bien viene explicado con mayor extensión a lo largo de la publicación, se centra en los siguientes puntos:
Vigilar el cumplimiento de las medidas en las empresas y centros de trabajo.
Exigir el cumplimiento de las mismas mediante requerimiento.
Extender actas de infracción en los casos de incumplimiento.
Iniciar el procedimiento especial previsto en el Real Decreto 707/2002 cuando se trate de incumplimientos de Administraciones Públicas.
De esta manera, “el incumplimiento por el empleador de las obligaciones a las que se refiere el apartado anterior constituirá infracción grave, que será sancionable en los términos, por los órganos y con el procedimiento establecidos para las infracciones graves en materia de prevención de riesgos laborales, por el Texto Refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto. En el caso de incumplimientos de las Administraciones Públicas, se procederá conforme al procedimiento especial previsto en el Real Decreto 707/2002, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre el procedimiento administrativo especial de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y para la imposición de medidas correctoras de incumplimientos en materia de prevención de riesgos laborales en el ámbito de la Administración General del Estado o en la normativa autonómica de aplicación”.
Bajo esta premisa, en el documento de consulta pública se determinan no solo los funcionarios habilitados con esta función, sino también su ámbito de actuación y toda una serie de delimitaciones extra para la consecución idónea de los objetivos planteados en la reducción de la incidencia de la COVID en los entornos laborales.
El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo ha publicado, en la jornada de ayer 30 de junio, una actualización del documento publicado el pasado 9 de abril sobre las directrices de buenas prácticas en obras de Construcción.
Esta guía con orientaciones preventivas frente al COVID-19 en las obras de construcción, recoge una selección de recomendaciones y medidas, fundamentalmente de carácter organizativo, para garantizar la protección de la salud de los trabajadores frente a la exposición al COVID-19 en las obras de construcción.
También quedan recogidas en este documento, algunas cuestiones relacionadas con la gestión de seguridad y salud laboral que deben tenerse en cuenta a la hora de valorar la adopción de las medidas previstas en el documento.
Para consultar la guía, por favor, pincha en la imagen:
Información relativa al COVID-19
En el siguiente enlace, pinchando en la imágen, se pueden consultar todas las guías, informaciones, documentación, etc… que se han venido publicando durante los últimos meses y que hemos publicado en nuestra web.
Nuestra sociedad se halla sumida en una de las crisis sanitarias, sociales y económicas más graves de la historia contemporánea. La pandemia ocasionada por el COVID-19 ha puesto a prueba los mecanismos de respuesta ciudadana, profesional e institucional. En este contexto, Unión Profesional publica ‘Las Profesiones Colegiadas ante el COVID-19’, una guía que tiene como objetivo recoger y visibilizar el trabajo esencial que están llevando a cabo profesiones e instituciones para hacer frente a la situación.
Su contenido esta orientado a ofrecer ideas y recursos para confrontar la crisis del COVID-19, pero también el escenario posterior. De esta manera se constituye en documento vivo, actualizable, llamado a poner en valor en circunstancias excepcionales la labor de las profesiones colegiadas españolas: las funciones que tienen atribuidas normativamente, el cumplimiento previsto de sus fines y el desempeño de sus buenas prácticas.
En tanto documento en evolución, se aspira a que sirva de referencia a ciudadanía e instituciones para que sus contenidos permitan situar la realidad en su perspectiva más adecuada, atender el día a día con más eficacia, y brindarnos la capacidad de prever un futuro complejo. Las acciones recogidas buscan, además, canalizar y movilizar a las profesiones y reforzar las alianzas entre ellas, a fin de que respondan a las necesidades de la ciudadanía y que ésta sienta más cercana la red de organizaciones colegiales.
Las iniciativas e inquietudes de los y las profesionales canalizadas a través de dicha red buscan contribuir a minimizar el impacto del COVID-19, así como recuperar el pulso de una sociedad herida, que requiere de las profesiones poner en práctica lo que mejor saben hacer: actuar en favor del interés general de manera coordinada.
El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo ha publicado, en la jornada de hoy, una actualización del documento publicado el pasado 9 de abril sobre las directrices de buenas prácticas en obras de Construcción.
Esta guía con orientaciones preventivas frente al COVID-19 en las obras de construcción, recoge una selección de recomendaciones y medidas, fundamentalmente de carácter organizativo, para garantizar la protección de la salud de los trabajadores frente a la exposición al COVID-19 en las obras de construcción.
También quedan recogidas en este documento, algunas cuestiones relacionadas con la gestión de seguridad y salud laboral que deben tenerse en cuenta a la hora de valorar la adopción de las medidas previstas en el documento.
Para consultar la guía, por favor, pincha en la imagen:
Otras publicaciones
Dentro de todas las publicaciones que se están publicando estas últimas semanas en relación a la vuelta al trabajo en obras de construcción, el OSALAN (Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales) ha publicado una Guía de Buenas Prácticas en obras de construcción.
Para consultar esta guía pinchar el siguiente enlace: Guía OSALAN
Información relativa al COVID-19
En el siguiente enlace, pinchando en la imágen, se pueden consultar todas las guías, informaciones, documentación, etc… que se han venido publicando durante los últimos meses y que hemos publicado en nuestra web.
COLEGIO INGENIEROS TÉCNICOS DE OBRAS PÚBLICAS DE CANTABRIA
Dirección del responsable
C/ Burgos 11 – 8º 39008 Santander (Cantabria)
Finalidad
Sus datos serán usados para poder atender sus solicitudes y prestarle nuestros servicios.
Publicidad
Solo le enviaremos publicidad con su autorización previa, que podrá facilitarnos mediante la casilla correspondiente establecida al efecto.
Legitimación
Únicamente trataremos sus datos con su consentimiento previo, que podrá facilitarnos mediante la casilla correspondiente establecida al efecto.
Destinatarios
Con carácter general, sólo el personal de nuestra entidad que esté debidamente autorizado podrá tener conocimiento de la información que le pedimos.
Derechos
Tiene derecho a saber qué información tenemos sobre usted, corregirla y eliminarla, tal y como se explica en la información adicional disponible en nuestra página web.
Las cookies técnicas son estrictamente necesarias para que nuestra página web funcione y puedas navegar por la misma. Este tipo de cookies son las que, por ejemplo, nos permiten identificarte, darte acceso a determinadas partes restringidas de la página si fuese necesario, o recordar diferentes opciones o servicios ya seleccionados por ti, como tus preferencias de privacidad. Por ello, están activadas por defecto, no siendo necesaria tu autorización al respecto.
A través de la configuración de tu navegador, puedes bloquear o alertar de la presencia de este tipo de cookies, si bien dicho bloqueo afectará al correcto funcionamiento de las distintas funcionalidades de nuestra página web
Estas cookies son:
Comprobación de inicio de sesión.
Cookies de seguridad imprescindibles.
Saber si ya has aprobado/rechazado las cookies.
Si desactivas esta cookie no podremos guardar tus preferencias. Esto significa que cada vez que visites esta web tendrás que activar o desactivar las cookies de nuevo.
Cookies de terceros
Las cookies de análisis nos permiten estudiar la navegación de los usuarios de nuestra página web en general (por ejemplo, qué secciones de la página son las más visitadas, qué servicios se usan más y si funcionan correctamente, etc.).
A partir de la información estadística sobre la navegación en nuestra página web, podemos mejorar tanto el propio funcionamiento de la página como los distintos servicios que ofrece. Por tanto, estas cookies no tienen una finalidad publicitaria, sino que únicamente sirven para que nuestra página web funcione mejor, adaptándose a nuestros usuarios en general. Activándolas contribuirás a dicha mejora continua.
Puedes activar o desactivar estas cookies marcando la casilla correspondiente, estando desactivadas por defecto.
Estas cookies son:
Google Analytics
Youtube
Las cookies técnicas son estrictamente necesarias para que nuestra página web funcione y puedas navegar por la misma. Este tipo de cookies son las que, por ejemplo, nos permiten identificarte, darte acceso a determinadas partes restringidas de la página si fuese necesario, o recordar diferentes opciones o servicios ya seleccionados por ti, como tus preferencias de privacidad. Por ello, están activadas por defecto, no siendo necesaria tu autorización al respecto.
A través de la configuración de tu navegador, puedes bloquear o alertar de la presencia de este tipo de cookies, si bien dicho bloqueo afectará al correcto funcionamiento de las distintas funcionalidades de nuestra página web.